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Aplicaciones de los Impuestos Federales: IETU e IDE

Dos impuestos básicos que durante años se aplicaron como parte del sistema fiscal mexicano: Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y el Impuesto sobre Depósitos en Efectivo (IDE). Conocer y comprender su función, aplicación e importancia es vital para el cumplimiento de nuestras actuales obligaciones como ciudadanos contribuyentes.

Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU)

Se sabe que su objetivo principal es lograr una recaudación más justa y equilibrada, por lo que no tiene regímenes especiales, ni beneficios extraordinarios, porque buscar evitar el desaliento de las planeaciones fiscales que pretenden eludir el pago del ISR.

Esta obligación fiscal debe ser declarada tanto por personas físicas como morales. En el caso de las primeras, incluye a quienes presten servicios profesionales, renten bienes inmuebles, realicen actividades comerciales, industriales, agropecuarias, ganaderas y silvícolas; mientras que en las personas morales, pagarán: Sociedades mercantiles, Sociedades civiles, y Sociedades cooperativas de producción, asociaciones en participación, etcétera.

Deducciones Permitidas para el cálculo del IETU

Los contribuyentes que estén obligados al pago del impuesto empresarial a tasa única, podrán deducir de sus ingresos obtenidos:

  • Erogaciones por adquisición de bienes, de servicios independientes o por uso o goce temporal de bienes, o para la administración, producción, comercialización y distribución de bienes y servicios.
  • Las contribuciones a cargo del contribuyente pagadas en México.
  • El IVA o el IEPS cuando el contribuyente no tenga derecho a acreditarlos
  • Las contribuciones a cargo de terceros pagadas en México cuando formen parte de la contraprestación excepto el ISR retenido o de las aportaciones de seguridad social.
  • Erogaciones por aprovechamientos, explotación de bienes de dominio público, por la prestación de un servicio público sujeto a una concesión o permiso, siempre que sean deducibles para ISR.
  • Las devoluciones de bienes que se reciban, de los descuentos o bonificaciones que se hagan, así como de los depósitos o anticipos que se devuelvan siempre que los ingresos de las operaciones que les dieron origen hayan estado afectos al IETU.
  • Indemnizaciones por daños y perjuicios y penas convencionales.

En conclusión, el IETU es un impuesto que creo mucha controversia sobre todo por parte de los empresarios y que al final acabó derogándose para el ejercicio fiscal del 2014 con la reforma fiscal del presidente Enrique Peña Nieto.

Impuesto sobre Depósitos en Efectivo (IDE)

El impuesto a los depósitos en efectivo (IDE) comprende precisamente las transacciones de dinero que se realizan de una persona física o moral hacia otra, cuando el importe excede los 15,000 pesos. Actualmente no se aplica en México, sin embargo, el cobro era con tasa del 3% sobre el excedente del mencionado monto durante el mes transcurrido.

Del mismo modo, durante muchos años se pagó el impuesto del 3% hacer un cambio de cheques en caja por efectivo, sin importar el monto. En cuanto a las tarjetas de crédito se recaudaba solo cuando existía saldo a favor generado por depósitos en efectivo.

Este impuesto se calculaba multiplicando el importe mayor a 15,000.00 pesos por la tasa mencionada del 3%.

¿Por qué mencionarlo? Porque a pesar de haberlo retirado hace más de una década, en 2015, surgieron muchos cambios por la administración del momento y cabía la posibilidad de que regresara. No debemos olvidar que los impuestos son el medio a través del cual el Estado y los Municipios buscan el equilibrio entre el gasto e ingreso públicos

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Acerca del autor

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Soy un hombre comprometido con mi país y su gente, me considero una persona de objetivos y resultados. He dedicado gran parte de mi vida a proteger sus recursos naturales. Amante del esquí acuático. Devoto de mi familia.