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¿Qué es el Derecho de Acceso a la Información Pública?

El Derecho de Acceso a la Información Pública es garantía jurídica de toda persona para solicitar de manera gratuita, información generada, administrada o en posesión de autoridades públicas.

Cuando hablamos de información pública, no referimos a documentos de cualquier tipo (escrito, impreso, sonoro, visual o electrónico) que contiene información específica abierta al público, por ejemplo.

Expedientes, reportes y actas

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Estudios y estadísticas

Acuerdos y resoluciones

Correspondencia oficial

Oficios, circulares y memorándums

Cualquier otro registro de la actividad gubernamental

Es importante que sepas que en ocasiones la información pública no podrá serte entregada, cuando clasifique como datos de acceso restringido. Existen dos modalidades: reservada, que puede comprometer la seguridad nacional o de cualquier persona; de acceso confidencial, refiere a las personas y está protegida por el derecho fundamental a la privacidad.

En la Ciudad de México, las autoridades públicas obligadas a conceder la información sin que la persona acredite dicho interés o justifique su uso, son las siguientes:

  • Poder ejecutivo
  • Poder legislativo
  • Poder judicial
  • Órganos desconcentrados, descentralizados y autónomos
  • Fideicomisos y fondos públicos
  • Partidos políticos locales
  • Cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad.

 

Solicitar información pública

Pedir información pública sirve para conocer el desempeño de tu gobierno y su manejo de los recursos públicos, por ejemplo: programas de obra pública, licitaciones y adjudicaciones, el presupuesto y estados financieros, avances programáticos, directorios y CV de servidores públicos, remuneraciones y viáticos, resultados de estudios y auditorías.

Tener acceso a la información pública te permite criticar, evaluar, discutir y tener los argumentos para exigir la rendición de cuentas al gobierno sobre sus actos y gestión, para vigilar que se cumpla con los planes estipulados en el presupuesto anual.

Para lograr un gobierno transparente, no es suficiente la apertura de la información pública, se requiere de la participación ciudadana, de tu participación en la vigilancia y discusión sobre las acciones y decisiones del gobierno.

Si deseas solicitar la información, puedes hacerlo de manera gratuita y anónima, a través de diversos canales de atención tanto presenciales como electrónicos:

Unidades de transparencia

Plataforma nacional de transparencia

INFOMEX CDMX

Correo electrónico

Tel. CDMX 5646-4636

En el caso de que desees solicitar información sobre algún Sujeto Obligado de la administración pública, considera estos aspectos:

  1. Identifica al organismo al cual quieras dirigir tu solicitud
  2. Sé claro y preciso en la información que deseas obtener
  3. Define el medio por el cual el Sujeto Obligado pueda contactarte, ya sea para un aviso (notificación) o para la entrega de la información.
  4. La respuesta a tu solicitud te deberá ser notificada en un plazo máximo de 9 días. De manera excepcional, los Sujetos Obligados podrán solicitar una ampliación del plazo hasta por 9 días más, siempre y cuando existan razones fundadas y motivadas. Esto deberán comunicártelo antes del vencimiento del plazo.

En caso de que el gobierno no te responda o que la información recibida no sea la que pediste, o en el caso de esté incompleta, tendrás que solicitar un Recurso de Revisión, un instrumento que te permite impugnar la resolución del Sujeto Obligado si consideras que ésta es infundada, inmotivada o que es antijurídica.

En cualquiera de los siguientes casos, puede presentarse un recurso de revisión:

  • Negativa de acceso a la información
  • Declaratoria de inexistencia de información
  • Clasificación de la información como reservada o confidencial
  • Si te entregan información distinta a la solicitada, en un formato incomprensible
  • Contra la falta de respuesta del Sujeto Obligado a su solicitud, dentro de los plazos establecidos en esta Ley.
  • Contra la negativa del Sujeto Obligado a realizar la consulta directa
  • En caso de que estimes que la respuesta del Sujeto Obligado es antijurídica o carente de fundamentación y motivación.

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Acerca del autor

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Soy un hombre comprometido con mi país y su gente, me considero una persona de objetivos y resultados. He dedicado gran parte de mi vida a proteger sus recursos naturales. Amante del esquí acuático. Devoto de mi familia.